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Panamá anuncia nuevo término legal para estancia de turistas

21 septiembre, 2021
Panama

El Servicio Nacional de Migración de Panamá emitió un aviso importante relacionado con el término legal para la estancia de turistas en su territorio.

Dicho organismo, a través de la Gaceta Oficial Digital, estableció el restablecimiento del “término legal autorizado para la estancia de los turistas extranjeros en Panamá, el cual no podrá ser mayor de tres meses”.

Esta nueva disposición entrará en vigor a partir del próximo 1ero de octubre. Hasta entonces, continuarán vigentes los períodos de noventa y ciento ochenta días de estancia permitida para turistas en este país centroamericano.

Y es que la norma aclara que afecta a aquellas personas extranjeras que ingresen ocasionalmente al territorio nacional. En ese caso, sin pretender establecer su residencia en Panamá ni abandonar la de su país de origen.

El documento añade que estas personas entrarán al país “con la finalidad exclusiva de recreo, compras, negocios, turismo médico, visita, entre otros fines análogos”.

Asimismo, los turistas deberán contar con recursos económicos propios para subsistir mientras dure su estancia en Panamá.

La resolución también señala que en abril de 2010 en un memo interno del Servicio Nacional de Migración aparecía la idea de extender el permiso a turistas hasta ciento ochenta días (6 meses).

Pero esto era solo para los nacionales de países que tuviesen convenio de supresión o no requieran visa para su ingreso al territorio panameño.

Sin embargo, esto entraba en contradicción con el término establecido en el artículo 16 del Decreto Ley 3 de 2008. De igual manera, con el artículo 16 del Decreto Ejecutivo 320 de 2008.

¿Cómo queda la estancia permitida para los cubanos en Panamá?

Según la Resolución, los ciudadanos procedentes de un Estado que no mantenga acuerdo de supresión de visa con las autoridades panameñas gozarán de hasta un mes para su estancia en Panamá.

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