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Pondrán multas “millonarias” a los cuentapropistas que incumplan la ley

12 diciembre, 2020

Multas de 36 mil pesos o más, serán impuestas a aquellos cuentapropistas que incumplan los nuevos requisitos para su ejercicio

se multará al arrendador que alquile su vivienda habitación o espacio sin autorización

El gobierno cubano ha dispuesto la imposición de multas de cuantías bien elevadas a los cuentapropistas que incumplan los nuevos requisitos para su ejercicio.

Así quedó expreso en el Decreto-Ley 357 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a propósitos de los cambios en el proceso de unificación monetaria del país.

Una de las figuras del cuentapropismo, los arrendadores de vivienda, tendrán que pagar multas de 36 mil pesos o más, si incumplen los requisitos anunciados en el nuevo decreto ley.

De acuerdo al texto oficial, se multará al arrendador que alquile su vivienda habitación o espacio sin autorización.

También recibirá una penalidad monetaria, quien esté inscrito para arrendar solo a personas residentes permanentes en el territorio nacional, y lo haga a otras.

Se multará con la misma suma a las personas que arrienden vivienda, habitaciones o espacios a personas que no residen permanentemente en el territorio nacional sin exigirles los documentos de identidad.

Además, deberán informar a la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería, independientemente de la responsabilidad penal en que pueda incurrir.

Sanciones monetarias y penales

Será sancionado quien permita que en la vivienda, habitación o espacio arrendado se ocasionen alteraciones.

O que perturben la tranquilidad de los vecinos, violen las normas de convivencia social o afecten la moral o las buenas costumbres.

A ello se suma que, quienes realicen esta actividad del trabajo por cuenta propia sin la autorización correspondiente, se les impone multa en la cuantía prevista en este artículo.

La penalidad incluye la negativa de autorización para ejercer dicha actividad durante el plazo de dos (2) años.

Al igual que los restantes decretos, este entrará en vigor el primero de enero del año 2021.

Sumado a estos cambios se añaden las tarifas tributarias para cada uno de los sectores del país, con aplicaciones de precios reacomodados al CUP.

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